Despacho · 2011 · Bogota
Regalías: la reforma de 2011 sacó el dinero de los departamentos productores
Hasta ese año la mayor parte se quedaba donde se extraía el recurso. El Sistema General de Regalías repartió esos ingresos a todo el país.
Las cifras
6| Indicador | Valor |
|---|---|
| Base constitucional | artículos 360 y 361 de la Constitución de 1991 |
| Creación del SGR | Acto Legislativo 05 de 2011 |
| Reglamentación | Ley 1530 de 2012 |
| Segundo ajuste | Ley 2056 de 2020 |
| Administrador del fondo de ahorro | Banco de la República |
| Ciclo presupuestal | bienal |
La Constitución de 1991 estableció que la explotación de recursos naturales no renovables genera una regalía a favor del Estado. También definió quién la recibe: en primer lugar los departamentos y municipios productores y los puertos por donde se embarca el mineral, y el resto un Fondo Nacional de Regalías.
Ese diseño duró dos décadas y produjo una concentración extrema. La mayor parte de los recursos se quedaba en un grupo reducido de entidades territoriales, mientras la mayoría de los municipios del país no recibía nada.
La reforma
El Acto Legislativo 05 de 2011 modificó los artículos 360 y 361 de la Constitución y creó el Sistema General de Regalías. La Ley 1530 de 2012 lo reglamentó.
El nuevo esquema redujo la participación de las entidades productoras y creó fondos de destinación general: ciencia, tecnología e innovación; desarrollo regional; compensación regional; y ahorro en el Fondo de Ahorro y Estabilización, administrado por el Banco de la República.
También cambió la gobernanza. Los proyectos dejaron de aprobarse por decisión unilateral del alcalde o del gobernador y pasaron por órganos colegiados de administración y decisión, con participación de la Nación, los departamentos y los municipios.
Lo que funcionó y lo que no
El objetivo redistributivo se cumplió: prácticamente todos los municipios del país empezaron a recibir recursos de regalías, cuando antes eran unos pocos.
El costo fue de velocidad. Los órganos colegiados y el ciclo de formulación de proyectos alargaron los tiempos, y durante varios años se acumularon saldos sin ejecutar. Los productores, por su parte, reclamaron que perdían ingresos sin dejar de asumir los impactos ambientales y sociales de la extracción.
El segundo ajuste
En 2020 el Congreso volvió sobre el tema. Una nueva reforma constitucional y la Ley 2056 de ese año aumentaron la participación de las entidades productoras y de las zonas más pobres, simplificaron el ciclo de aprobación de proyectos y reorganizaron las bolsas del sistema.
El punto de fondo
Las regalías son ingresos por vender un activo, no por producirlo. Un barril extraído no vuelve a extraerse. Por eso el diseño del sistema es, en el fondo, una decisión sobre cuánto de esa venta se consume hoy y cuánto queda convertido en infraestructura, ahorro o capacidad productiva.
El presupuesto del sistema es bienal y sigue un ciclo distinto al del presupuesto general de la Nación, un detalle técnico que explica buena parte de las discusiones públicas sobre ejecución.
«Las regalías son ingresos por vender un activo, no por producirlo.»
Temas
- regalias
- territorio
- mineria
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- fiscal
Sobre las fuentes: Basado en el texto constitucional, el Acto Legislativo 05 de 2011, las leyes 1530 de 2012 y 2056 de 2020 e informes de ejecución del Sistema General de Regalías.
Firma
Cubre decisiones de gobierno y su ejecución. Persigue el acto administrativo hasta donde aterriza.
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